Por Juan Carlos Lopaczuk
(Profesor de Historia y Periodista)
El ejecutivo nacional nombró por decreto a Lijo y Garcia Mansilla para la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Una vez más violando la Constitución de la Nación Argentina.
A poco más de una semana del escándalo mundial por la estafa del caso Libra en donde Milei quedo expuesto y debilitado. Decidió nombrar por decreto (137/2025) a los jueces Manuel Garcia Mansilla y Ariel Lijo. Mencionando que lo hacia en comisión y por un año judicial debido a las salidas del máximo tribunal de Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, la primera fallecida y el segundo retirado de la actividad judicial.
La actual Corte Suprema de Justicia se encuentra conformada por tres miembros; Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rozenkrantz. Ante la falta de dos miembros que completen la cantidad establecida de cinco, el ejecutivo nacional nombró unilateralmente y por decreto a Garcia Mansilla y Lijo. Resulta que el proceso de nombramiento debe ser realizado de acuerdo a como lo establece nuestra Carta Magna. El presidente envía los pliegos de los postulantes proponiendolos al Senado del Congreso Nacional y esta debe aprobarlos o no, por una mayoría de 2/3 de los votos. En lo que se conoce como Mayoría Calificada´´, lo cual corresponde hacer a los miembros/as de la cámara alta. Por lo tanto, el nombramiento de Milei de Garcia Mansilla y Lijo son anticonstitucionales. Algo que nunca acurrió en democracia en nuestro país, y solo aconteció una sola vez en la historia argentina bajo el gobierno de facto de 1955, luego del golpe de estado llevado a cabo contra Juan Domingo Perón. Si bien Mauricio Macri intentó realizar la misma acción en el 2016 con los decretos 803/2016 y 804/2016 de nombramiento de Rosatti y Rozenkrantz, finalmente envio los pliegos al Senado Nacional y esta cámara termino aprobando su ingreso a la Corte Suprema. De ocurrir la asunción como miembros del máximo tribunal de justicia de nuestro país por parte de Garcia Mansilla y Lijo, se consumaría el delito de
Usurpación de funciones´´ y sus posteriores sentencias serían propias de nulidad, ya que su falta de constitucionalidad le quitá el valor legal. Situación en la que también estarían involucrados los actuales miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en caso de tomarles juramento como nuevos miembros.
Una vez más Javier Milei no respeta la Constitución de la Nación Argentina y esta acción ya se vuelve una costumbre. Peleado con su vicepresidenta Victoria Villarruel, a la postre a cargo de la cámara alta del Congreso, y con temor de no poder lograr los consensos necesarios y legales para el debido proceso. Sumado al momento de extrema debilidad del gobierno tras el escándalo Libra. Intenta recuperar gobernabilidad evadiendo la ley y destrozando la independencia de los tres poderes esenciales para el correcto funcionamiento de la Democracia. Finalmente, los que venían a salvar a la nación, hoy se comportan como tiranos.