{"id":1917,"date":"2026-05-22T14:50:17","date_gmt":"2026-05-22T17:50:17","guid":{"rendered":"https:\/\/unidadbasicavirtual.com\/?p=1917"},"modified":"2026-05-22T14:50:17","modified_gmt":"2026-05-22T17:50:17","slug":"propuesta-de-reforma-constitucional-sobre-cargos-electivos-de-los-poderes-ejecutivos-y-legislativos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/unidadbasicavirtual.com\/index.php\/2026\/05\/22\/propuesta-de-reforma-constitucional-sobre-cargos-electivos-de-los-poderes-ejecutivos-y-legislativos\/","title":{"rendered":"PROPUESTA DE REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE CARGOS ELECTIVOS DE LOS PODERES EJECUTIVOS Y LEGISLATIVOS:"},"content":{"rendered":"\n<p><br>Propuesta de reforma constitucional plantea exigir experiencia pol\u00edtica previa para acceder a cargos electivos nacionales y provinciales. El planteo impulsa modificar los requisitos de acceso a funciones ejecutivas y legislativas, estableciendo una carrera pol\u00edtica escalonada que exija antecedentes comprobables de gesti\u00f3n y experiencia institucional antes de aspirar a puestos de mayor responsabilidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Por Alejandro Squitieri<\/p>\n\n\n\n<p>Nuestra democracia est\u00e1 pasando por cambios donde la pol\u00edtica debe poner reglas claras en cargos electivos que deciden la vida del pueblo y la soberan\u00eda nacional. En \u00e9pocas anteriores los cargos los ocupaban pol\u00edticos de raza, que se prepararon para hacer pol\u00edtica y que ten\u00edan la capacidad de armar equipos de trabajo consultivos formados en las disciplinas de los puestos que iban a ocupar. Hoy por el art\u00edculo 89 de la Constituci\u00f3n Nacional reformada en 1994 casi cualquier persona que viva en el pa\u00eds mayor de 30 a\u00f1os que haya nacido \u00e9l o sus padres en el territorio argentino m\u00e1s las condiciones que se deben tener para el cargo de senador (Ser natural de la provincia que lo elige o tener dos a\u00f1os de residencia inmediata en ella) dejando la cl\u00e1usula de residencia un vac\u00edo jur\u00eddico extra\u00f1o en cuanto a interpretaci\u00f3n adem\u00e1s que no se cumple en las mayor\u00edas de los casos de los senadores esta cl\u00e1usula.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo tanto, como en la vida de todos nosotros, para ser candidato a ejercer un cargo ejecutivo o legislativo a nivel nacional o provincial se deber\u00eda hacer una carrera para cada cargo o poder al que se aspire ocupar. Nadie pondr\u00eda a un reci\u00e9n llegado a un negocio o empresa en el cargo de gerente, sin embargo tenemos hoy un presidente sin ninguna experiencia en la pol\u00edtica salvo dos a\u00f1os de \u201cla nada\u201d como diputado nacional (cosas con que la vida nos sorprende y nos hace abrir los ojos) decide nuestro presente y nuestro futuro como as\u00ed el de toda la naci\u00f3n, el estado y el territorio argentino. Del mismo modo que el ejemplo anterior nadie en su sano juicio pondr\u00eda a un jefe de ventas en el cargo de gerente de mantenimiento o de compras ya que no sabe nada de las funciones por lo que lo m\u00e1s sensato es poner al jefe de esa \u00e1rea espec\u00edfica donde se debe reemplazar el gerente (coherencia b\u00e1sica y simple).<\/p>\n\n\n\n<p> Ahora bien, como dije antes alguien sin experiencia en el poder ejecutivo o legislativos puede ser elegido para un cargo de una responsabilidad tan grande que de ellos dependa la vida y la muerte de 47 millones de personas que habitan el suelo argentino por eso mi propuesta de reforma constitucional para cargos electivos del poder ejecutivo y legislativos son simples, concretos y coherentes en base a los ejemplos antes detallados: PARA EJERCER EL CARGO DE PRESIDENTE DE LA NACI\u00d3N ES NECESARIO HABER SIGO ANTES GOBERNADOR Y PARA SER GOBERNADOR HABER SIDO ANTES INTENDENTE HABIENDO DEMOSTRADO YA SU CAPACIDAD DE GESTI\u00d3N EN CADA CARGO EJECUTIVO. PARA SER SENADOR ES NECESARIO HABER SIDO ANTES DIPUTADO Y PARA SER DIPUTADO HABER SIDO CONCEJAL HABIENDO DEMOSTRADO SU CAPACIDAD EN CUANTO AL TRATAMIENTO DE LEYES, REGLAMENTOS U ORDENANZAS SEG\u00daN CORRESPONDA. SI UN LEGISLADOR (SEA EL CARGO QUE SEA QUE OCUPE EN EL PODER LEGISLATIVO) DESEA SER CANDIDATO A UN CARGO EJECUTIVO DEBER\u00c1 COMENZAR POSTUL\u00c1NDOSE INICIALMENTE COMO INTENDENTE PARA SEGUIR AS\u00cd LOS PASOS ESTIPULADOS PARA CARGOS EJECUTIVOS Y, A SU VEZ, SI UN FUNCIONARIO EJECUTIVO DESEA TENER UN CARGO LEGISLATIVO DEBER\u00c1 PRESENTARSE INICIALMENTE COMO CONCEJAL SIGUIENDO AS\u00cd LOS PASOS PARA CARGOS LEGISLATIVOS. DE ESTE MODO CADA CARGO QUE OCUPEN LOS FUNCIONARIOS EN CADA PODER ESTAR\u00c1N CAPACITADOS POR LA EXPERIENCIA ANTES DE DECIDIR SER CANDIDATOS AL PUESTO SUPERIOR DENTRO DEL PODER QUE ELIJAN PARA EJERCER. Espero que lo analicen y aporten lo que puedan ya que entre todos debemos encontrar respuestas para que la pol\u00edtica se transparente y haya reglas claras que impidan que los advenedizos decidan la vida de todos los argentinos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Propuesta de reforma constitucional plantea exigir experiencia pol\u00edtica previa para acceder a cargos electivos nacionales y provinciales. El planteo impulsa modificar los requisitos de acceso a funciones ejecutivas y legislativas, estableciendo una carrera pol\u00edtica escalonada que exija antecedentes comprobables de gesti\u00f3n y experiencia institucional antes de aspirar a puestos de mayor responsabilidad. 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